June 24, 2021 3:14 PM

¿Régimen común o régimen simplifiQUÉ?

Educación financiera
Impuestos
Equipo Nequi

Les vamos a contar una historia real de terror… Para proteger la identidad de quien nos la contó, le cambiamos el nombre a la persona por «A». Eso sí, ¡ojo! Porque te puede pasar a ti también.

“A” estaba iniciando su vida laboral, mientras estudiaba en la universidad. Por eso, aún no tenía un contrato de nómina, sino uno de prestación de servicios. Le prometieron un buen pago y el trabajo le gustaba, por lo que no cabía de la dicha y se sentía sumamente afortunad@.

Entregó su trabajo, l@ felicitaron y le dijeron “pasa tu cuenta de cobro junto a algunos formatos diligenciados que te vamos a enviar”. ¡Qué emoción! ¡Primer pago! Cuando recibió los formatos, todo se veía muy bien, solo le pedían datos personales, hasta que llegó a una casilla que hizo que “A” entrara en pánico.

“¿Pertenece al régimen común o al régimen simplificado?”

¿Qué? ¿Cómo así? Nadie nunca le había hablado de eso, no sabía dónde ni cómo averiguar, y le daba miedo responder mal y que eso l@ metiera en problemas y a la cárcel.

Lo que “A” no sabía es que no ha sido la única persona en estar en esa mini crisis. A tod@s nos ha pasado que, cuando nos hablan de régimen común o simplificado, no entendemos nada. Por eso, para tranquilidad de “A” y de cualquiera que lea esta entrada, vamos a explicarte lo que necesitas saber para definir qué régimen eres.

  1. Lo de régimen común y régimen simplificado es la forma en la que se define quiénes son responsables de IVA (impuesto sobre el valor añadido). Es decir, quién debe pagarlo.
  2. Estas dos categorías son muy diferentes a la declaración e impuesto de renta. Sabemos que es confuso y que mucha gente cree que son harina del mismo costal, pero no… Si quieres saber más sobre la declaración de renta, hicimos esta entrada para ti.
  3. En 2018, la Dian cambió los nombres de los regímenes y ahora las categorías se definen como “responsable de IVA” o “no responsable de IVA”. Sin embargo, algunas empresas siguen usando los viejos nombres y los efectos son los mismos.

Régimen simplificado

Esta es tu categoría si eres persona natural y no eres responsable de impuestos como el IVA, retención en la fuente o ICA. Es la definición para quienes están emprendiendo, porque les quita muchas responsabilidades y costos. Además, la contabilidad que debes hacer es mucho más sencilla.

En esta categoría están:

  • Personas naturales
  • Comerciantes y artesanos minoristas
  • Agricultores o ganadores minoristas
  • Personas que presten servicios gravados

Sin embargo, para que sigas haciendo parte del régimen simplificado no te puedes pasar de ciertos topes que fija la Dian. Por ejemplo:

  1. La plata que recibiste como pago de tu trabajo o productos que vendiste durante 2020 o 2021, no puede ser más de $127.078.000. Tampoco puedes recibir consignaciones o tener contratos que superen esa cifra. Ingresos como becas, herencias o mesadas que te dan tus papás, no suman.
  2. No puedes tener más de un local u oficina. Si solo tienes uno, tampoco puede ser parte de una franquicia.
  3. Tampoco te puedes dedicar a exportaciones o importaciones.
  4. Puede que tus ingresos sean más de $127.078.000, pero si fueron por actividades que no están gravadas, puedes seguir en el régimen común. En el artículo 420 del Estatuto Tributario puedes consultar qué está gravado y qué no.

Régimen común

Esta categoría es para las personas naturales que se pasaron de los topes que te describimos arriba, y para las personas jurídicas. Es decir, cuando formas una sociedad o tienes un negocio que está creciendo, tienes que pasarte del simplificado al común, porque debes asumir responsabilidades como el IVA, retención en la fuente o el ICA.

En este régimen también debes hacer facturación electrónica (un sistema que le va diciendo a la DIAN quién compra qué, cuándo y por cuánto). Además, tener una contabilidad más detallada y profesional. Si a tu emprendimiento le está yendo bien y está creciendo, entras a esta categoría.

Ten en cuenta porfa:

  • Puedes cambiar de régimen al ir a la DIAN o a través de su página web, en la parte en la que actualizas tu RUT.
  • Otra forma de saber qué régimen eres y si debes pagar IVA, es mirando tu RUT. Cuando sacas ese papel tienes que describir qué es lo que haces, en qué trabajas o cómo recibes tus ingresos. Solo tienes que ir a la casilla 49.
  • Si quieres ir directo a la fuente y saber qué más detalles dice la ley, busca el Estatuto Tributario Nacional.

Como ves, la diferencia entre los dos regímenes no es tan compleja y depende de lo que haces y cuánto ganas. Lo importante es que sepas que en cualquiera de las dos categorías, Nequi te acompaña y te da herramientas para hacerte la vida más fácil.

Si perteneces al régimen simplificado y tienes un emprendimiento que está arrancando o que haces al mismo tiempo que tu trabajo principal, puedes crear Bolsillos en Nequi para que organices tus cuentas. También tienes la opción de generar códigos QR para que tus clientes te paguen más fácil.

Y si haces parte del régimen común esperamos que sea porque tu emprendimiento ya es una empresa en ascenso. Para este caso, puedes contar con todos los servicios de Negocios Nequi. Si ya tienes varios empleados, puedes pagar la nómina a través de Nequi para que hagas todo más fácil, rápido y controles tu plata.

Ojalá el régimen común y simplificado ya no sea una historia de terror para ti.

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